
¿Cuándo finaliza la legislatura?
La legislatura dura un máximo de cuatro años, tras los cuales expira el mandato de diputados y senadores. Puede acortarse por disolución anticipada, ya sea por decisión del presidente del Gobierno o por supuestos constitucionales, como la imposibilidad de investir a un presidente o la aprobación de una reforma constitucional.
¿Tras la disolución de las Cámaras quedan diputados “en funciones”?
No. Los diputados cesan al entrar en vigor el decreto de disolución, excepto los 68 que forman la Diputación Permanente, que mantienen funciones hasta la constitución del nuevo Congreso.
¿Qué es la Diputación Permanente?
Es el órgano parlamentario que vela por los poderes del Congreso fuera de los periodos ordinarios y entre legislaturas. Convalida o deroga reales decretos-leyes y puede actuar en situaciones extraordinarias como estados de alarma. Se constituye al inicio de cada legislatura y refleja la proporción de cada grupo parlamentario.
¿Qué pasa con las iniciativas que no han terminado su trámite?
Todas las iniciativas caducan tras la disolución, salvo las provenientes de iniciativa legislativa popular o de comunidades autónomas, que serán retomadas por la Mesa del siguiente Congreso según decida.
¿El Congreso disuelto puede aprobar leyes?
No, los proyectos y proposiciones caducan. Solo la Diputación Permanente puede convalidar o derogar reales decretos-leyes dentro de los 30 días previstos por la Constitución.
¿Qué ocurre con el Gobierno cuando las Cámaras se disuelven?
El Gobierno mantiene sus funciones plenas hasta las elecciones. Tras los comicios, queda en funciones hasta el nombramiento de un nuevo presidente investido por el Congreso.
¿Cuándo toman posesión de su escaño los nuevos diputados?
Los diputados adquieren su condición plena en la sesión constitutiva del Congreso, tras acatar la Constitución. Antes, deben entregar credenciales y declaraciones legales en la Cámara Baja.
